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Las mejores
visitas son las más cortas. Proverbio árabe
En los últimos meses, se
ha desatado una gran polémica en Ecuador, a propósito de juicios protagonizados
por algunas autoridades del Gobierno contra determinadas personas e
instituciones de la sociedad. Independientemente de los resultados, me produce
honda preocupación que, en dichas polémicas difundidas ampliamente por los
medios de comunicación, abunden términos y conceptos que para un ecuatoriano
medio que apenas ha terminado un bachillerato y muchos que ni siquiera han ido
a la escuela, apenas los conozca, convirtiéndose estos hechos, en unas disputas
ajenas a él, donde un grupo de personas se enfrentan ferozmente por algo que supuestamente
le beneficia. Digo "supuestamente", porque si algo que no entiende o
no puede debatir con sus conciudadanos, ¿cómo puede sacar conclusiones y tomar
conciencia de que es un asunto que le beneficia o le perjudica?
Por ejemplo, dudo que entienda lo que contiene un " artículo número tal de
la constitución", que entienda términos como: "comisiones
internacionales", "indemnizaciones",
"responsabilidad", "ulterior", "derechos" o
" deberes". Tal es así, que he podido constatar que cuando una
persona muere en un siniestro o por una negligencia, sus familiares se
contenten con que se pague el funeral del finadito y que luego todo quede en
nada. O que personas que comentan en foros o escriben en las redes sociales que
se supone gozan de un cierto nivel cultural, demuestran un gran desconocimiento
del significado de estos términos a tal punto de leer y escuchar los más
variopintos comentarios sobre lo que significa una indemnización, calificándolo
por ejemplo como "un dinero mal ganado".
Por lo mismo, creo que se debe conocer ciertos conceptos jurídicos más o menos
básicos, que al menos en España cualquier ciudadano lo conoce, gracias a unas
normativas y leyes que regulan la convivencia con sus vecinos y a una prensa
que constantemente despliega amplia información sobre casos judiciales desde
que son denunciados, hasta que son fallados. Esto ha desembocado en la
abundante creación de jurisprudencia además de una amplia cultura personal y
comunitaria de contratación de seguros para cualquier eventualidad, así como la
búsqueda permanente de asesoramiento jurídico para todas las actividades de su
vida.
Un primer término que me parece básico conocer, es el de la RESPONSABILIDAD. La
Responsabilidad no es solamente un valor que nos han enseñado en la familia o
en los colegios donde nos educamos, sino que en una sociedad democrática el
concepto va más allá y se aplica a muchas instancias de la vida cotidiana
porque significa reparar, resarcir o responder por un daño.
Hay dos tipos de responsabilidades: la general y la profesional. La
responsabilidad general, responde por daños materiales o personales a terceros,
ya sea por actividad profesional o por pertenencia a un bien o a una
instalación. La responsabilidad profesional en cambio, conlleva a que una
persona que tiene un título que le permite ejercer una profesión, responda por
un daño. La Ley española sobre Sociedades Profesionales, incluso determina la
obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil profesional de
aplicación específica para sociedades que agrupan a varios profesionales del
sector, algo que no sucede en Ecuador.
También existen las responsabilidades de las instituciones, donde respondería
por un daño causado no solamente la persona, sino también todo el equipo y la
institución misma, sea pública o privada.
La exigencia de responsabilidades puede ser de dos tipos : la Responsabilidad
Penal que es castigadora y que conlleva la prisión; y ésta a la vez lleva a una
Responsabilidad Civil, que es reparadora de daños como consecuencia de actos
ilícitos civiles. En este precepto se encuentra la base de las
·"indemnizaciones", que guarda relación directa con el daño causado.
La INDEMNIZACION es otro concepto que considero importante y no es sino, la
obligación de compensar (generalmente con dinero) por una pérdida, lesión o
daño.
Hay dos tipos de indemnizaciones de perjuicios de acuerdo a su procedencia :
Contractuales que son las que debe pagar un deudor en caso de incumplir un
contrato y las Extracontractuales que son aquellas que no proceden de un
contrato.
Las indemnizaciones varían de un país a otro. Lo más frecuente en el derecho
civil español es la utilización del método empírico, basado en la libre
interpretación de un perito. Sin embargo, como consecuencia del aumento de
peritajes, se ha extendido el uso de BAREMOS, que son el conjunto de normas
establecidas convencionalmente que permite evaluar los daños. Se emplean frecuentemente
en accidentes de coche o laborales.
En los daños morales no existen baremos. Lo solicita el demandante y lo valora
el Juez. Cuando no hay antecedentes jurídicos se suele recurrir al derecho
extranjero o a su propia interpretación.
En muchos de los casos las indemnizaciones por perjuicios se dan no solamente
al agraviado, sino a sus familiares y a terceros.
Sin embargo de este pequeño resumen que he hecho sobre la Responsabilidad y las
Indemnizaciones, entiendo que estos conceptos existen en la Legislación
Ecuatoriana pero creo que hace falta información y un gran debate nacional,
para que los ciudadanos hagan uso de ellos y no suceda como hasta ahora, que
siguen habiendo muertos por negligencias médicas, cayéndose puentes, atentándose
contra el honor de las personas, muriendo personas por alimentos contaminados,
pérdidas de trabajo por documentos perdidos, retrasos importantes en los vuelos
aéreos con las consiguientes pérdidas de todo tipo, etc., etc.
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